Información Teletrabajo
Estimada comunidad universitaria, ya se encuentra totalmente tramitado el decreto exento 159/2024, el cual aprueba el Reglamento sobre modalidad de prestación de servicios que permite eximir del control horario al personal de la Universidad de Valparaíso.
Este cuerpo normativo, dictado conforme a la autorización legal contenida en el artículo 65 de la Ley 21.526 contiene las normas generales y permanentes que permiten eximir del control horario a un porcentaje de la dotación de personal, quienes podrán realizar sus labores fuera de las dependencias de la universidad, mediante la utilización de medios informáticos dispuestos por ella.
En este sentido, todas y todos quienes deseen adherirse al régimen híbrido de prestación de servicios que regula el decreto 159/2024, deberán adscribirse al segundo periodo de postulación a contar del 11 de julio de 2024, en las plataformas dispuestas por esta Dirección, tal y como se señaló en el correo remitido por la Dirección General de Modernización y Transformación Digital. En concreto, el formulario electrónico estará disponible para todas y todos a contar de las 15:00 horas del día 11 de julio hasta el 30 de julio en su Portal de Funcionarios (https://portal.uv.cl), módulo Postulación Teletrabajo, y también en la APP Academia.
Además, ponemos a su disposición un set de preguntas y respuesta frecuentes, además de videos explicativos. Para resolver dudas o consultas se generó el correo electrónico
Video Informativo Sobre Teletrabajo
Reglamento
Preguntas Frecuentes
R: El sistema especial que aprueba el reglamento, denominado coloquialmente de “teletrabajo”, constituye un sistema especial de cumplimiento y registro de la jornada de trabajo que se puede resumir en que se desarrollan las mismas funciones, en el mismo horario, pero fuera de los recintos universitarios.
R: Se debe postular mediante la aplicación telefónica o mediante el portal UV.
R: Según dispone el DEXE 159/2024, en este primer año las postulaciones se deben realizar en el mes de marzo o en el mes de junio.
R: La postulación se analiza y resuelve por una comisión compuesta por el prorrector, el DGDP, un/a decano/a designado por el Rector, un representante del Consejo Académico y un integrante de la asociación de funcionarios. Si la postulación es rechazada por la comisión se puede recurrir ante el Rector.
R: Las y los funcionarios/as universitarios que desarrollan
- a) Labores profesionales de asesoría, soporte informático a distancia, desarrollo y administración de sistemas informáticos y redes, desarrollo de proyectos y control.
- b) Labores profesionales, técnicas o administrativas de apoyo a la gestión administrativa.
R: Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de funcionarios/as universitarios, las labores o funciones que implican interacción o atención directa de usuarios internos o externos que por su naturaleza deban efectuarse presencialmente, quedarán excluidas de la modalidad especial materia del presente reglamento.
R: El reglamento implica un sistema híbrido que solo considera dos posibilidades, debiendo el/la postulante elegir entre:
a.- 4 días telemáticos por uno presencial
b.- 3 días telemáticos por dos presenciales
R: Si, pueden acceder a esta modalidad aquellas y aquellos académicos/as con nombramiento igual o superior a 33 horas.
R: No, el reglamento establece que la docencia directa de pre y postgrado es siempre presencial, así como las horas de atención de estudiantes y las reuniones convocadas por las autoridades.
R: Efectivamente, las autoridades y jefaturas pueden convocar a actividades puntuales presenciales, siempre y cuando lo hagan con una jornada de trabajo de anticipación.
R: La ley, expresamente señala que los días en que una persona se encuentre realizando actividades telemáticas NO puede acceder o realizar jornada extraordinaria de ninguna naturaleza. Es decir, solo puede realizarse los días en que se desarrollen funciones presenciales.
Prevención en el Teletrabajo
Formularios
Consultas
Para resolver dudas o consultas se generó el correo electrónico.